Según explicó el juez presidente del Juzgado de Familia, Paul Contreras Saavedra, estos pagos se logran sólo una vez que los procedimientos previos de cobro y retención de fondos en bancos previa investigación reservada de patrimonio, no da frutos. Estos pagos con fondos de AFP tiene límites dados por los años que resten por cotizar al deudor.
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